Casi ocho años pasaron para que, finalmente, este bendito país tenga su ley de delitos informáticos. Anoche fue aprobada por el Congreso después de idas y vueltas constantes. Y los puntos más importantes de la norma tienen que ver con que se sancionará con prisión a quienes cometan delitos vinculados con la pornografía infantil, básicamente a quienes poseen material pornográfico de menores de 18 años con el objetivo de distribuirlos de manera masiva y comercial.
Por otro lado, la comunicación electrónica, vía chat o correo electrónico, tendrá el mismo carácter privado que la correspondencia epistolar común y corriente, y quienes violen este derecho a la privacidad también sufrirán castigos donde se contempla la cárcel.
El daño a sistemas informáticos con el objetivo de obtener información crítica, confidencial o privada también será penalizada al igual que el daño a la integridad de los datos guardados en una base, ya pertenezca a organismos públicos o privados. La alteración de pruebas obtenidas medios electrónicos forman parte de las sanciones que contempla una ley que, como dijimos más arriba, debió esperar casi ocho años para que se aprobara.
La normativa es, seguramente, perfectible. Pero al menos ahora hay un punto de partida desde el cual empezar a penar a quienes cometes diversos delitos utilizando el canal electrónico o vulnerándolo con el objetivo de alcanzar metas non sanctas. Si querés leer el texto completo de la ley aprobada, cliqueá acá.
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