Después de un largo tiempo de haberse aprobado y reglamentado la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales, se establecieron las normas de inspección y control pertinentes. Es decir, ahora se va a poder denunciar y sancionar a quienes no cumplan con la normativa, básicamente empresas que no protegen los datos de personas que tienen en su haber, independientemente de la actividad a que se dediquen. En otras palabras, se va a poder denunciar a aquellos bancos que te envían una tarjeta de crédito sin que la hayas solicitado, a los que venden información personal sin que los hayas autorizado a hacerlo y tantas otras formas en las que se pueden distribuir datos de personas sin los permisos correspondientes o que se utilicen para obtener un lucro.
La Dirección Nacional de Datos Personales actuará de oficio y también cuando sea solicitado por una denuncia de un órgano del Estado, independientemente de su jurisdicción. Este control será llevado adelante por agentes del organismo y técnicos que serán responsables de realizar las pericias correspondientes en cada caso.
Es decir, que a partir de ahora, quienes tengan bases de datos en su poder no sólo deberán registrarlas en el organismo correspondiente -hecho que también se puede realizar vía internet-, que es el Registro Nacional de Bases de Datos de la Dirección Nacional de Datos Personales, sino que también deberán cuidar la integridad de esos datos. Esto cabe tanto para los bancos, que suelen tener información profusa y crítica sobre sus clientes, sino también para las empresas que, por ejemplo, tienen los datos que dejaste en el supermercado para participar de un concurso, o la encuesta que llenaste por internet para entrar en una promoción de pañales.
Lo que hay que tener en claro aquí como ciudadano es que, cada vez que uno llena un papelito para participar de un concurso, un sorteo o cualquier actividad similar, está dejándole sus datos a alguien que, en ese mismo papelito, debe explicitar que esos datos serán resguardados según los principios de la Ley de Protección de Datos Personales. En caso de que esa leyenda no exista, se sugiere no llenar ningún formulario por más que haya premios para todos los participantes.
Y también se debe advertir que si alguien recibe una tarjeta de crédito que nunca solicitó tiene la potestad de denunciar a esa entidad por ese ofrecimiento debido a que tiene la obligación de usar esos datos sólo para los que la persona en cuestión los autorizó. Y una tarjeta de crédito debe llegar al domicilio de un particular cuando éste la solicitó de forma expresa, de lo contrario se supone que ese banco accedió a datos sobre los que no tenía permiso.
De modo que aquellos que han experimentado alguna de estas situaciones tienen, a partir de ahora, la potestad para denunciar a esas organizaciones ante la Dirección Nacional que, desde ahora, cuenta con un cuerpo de agentes especializados en la actividad. Las empresas que cuentan con datos de personas deberán implementar los mecanismos necesarios para preservar esos datos a fin de evitar ser penalizados con sanciones de tipo económico y judicial, tal como la ley lo estipula.
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